Las ayudas para facilitar el acceso a una vivienda para familias vulnerables que otorga el Gobierno se prorrogan y se podrá acceder a ellas hasta el año que viene, 2021.
Qué son y cómo se piden las ayudas a la vivienda para familias vulnerables
Así lo ha indicado en un comunicado el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que ha anunciado que estas ayudas se podrán solicitar hasta enero de 2021.
Las ayudas forman parte del Fondo Social de Vivienda (FSV), que está destinado a facilitar el acceso a una vivienda a familias vulnerables. Este fondo se puso en marcha el pasado mes de enero de 2013.
La prórroga hasta 2021 ha sido acordada por los ministerios firmantes del Convenio, la Asociación Española de Banca, la Asociación Hipotecaria de España, el Banco de España, la Confederación Española de Cajas de Ahorro, la Plataforma del Tercer Sector y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito.
¿Qué es el Fondo Social de Vivienda?
El objetivo del Fondo es ofrecer cobertura a aquellas personas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual por el impago de un préstamo hipotecario.
Para ello, se constituyó un fondo social de viviendas, propiedad de las entidades de crédito, destinadas a ofrecer cobertura mediante su arrendamiento a aquellas personas que pierden su vivienda habitual.
Esta situación puede haber sido provocada por el impago de un préstamo hipotecario (hayan sido o no desalojadas) o como resultado de una dación en pago, y que se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad social.
Cuando se puso en marcha, el Fondo Social de Vivienda contaba con 6.000 viviendas aportadas por las entidades financieras.
En la actualidad el Fondo cuenta con 9.951 viviendas, propiedad de las entidades de crédito, destinadas a personas y familias que han perdido su vivienda habitual, mediante un arrendamiento a precios reducidos, entre 150 y 400 euros al mes.
¿Quién puede acceder a las ayudas a la vivienda del Fondo Social?
A las ayudas de vivienda de este Fondo Social pueden acceder las personas físicas que hayan perdido su vivienda habitual con posterioridad al 31 de diciembre del año 2007.
Además, es un requisito que en el momento de la solicitud los ingresos familiares no superen el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, ni dispongan de otra vivienda en propiedad o en usufructo.
Asimismo, los solicitantes deberán encontrarse en uno de los siguientes supuestos de especial vulnerabilidad:
- Unidad familiar con hijos menores de edad.
- Unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargo.
- Unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada una discapacidad superior al 33 por ciento, una situación de dependencia o una enfermedad que le incapacite.
- Unidad familiar en la que el deudor hipotecario que haya perdido su vivienda se encuentre en situación de desempleo y haya agotado sus prestaciones.
- Unidad familiar en la que exista alguna víctima de violencia de género.
- Personas en situación de dependencia o con una discapacidad para las que la vivienda supone un activo indispensable para su inclusión social.
- Personas mayores de sesenta años.
- Personas en situación de prejubilación o jubilación que mediante aval hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos.
- Otras personas o unidades familiares con circunstancias de vulnerabilidad social distintas a las mencionadas.
¿Cómo se piden estas ayudas a la vivienda?
Para facilitar el proceso de solicitud, las entidades bancarias que conforman el Fondo Social de Vivienda han puesto en marcha la página web fondosocialdeviviendas.es
A través de esta página web, las personas solicitantes pueden consultar todos los alquileres disponibles y seleccionar la vivienda que más se ajuste a sus necesidades.
Además de a individuos particulares, este proceso está abierto a entidades sociales u organismos públicos que colaboren en la gestión y tramitación de estos alquileres.
En función de la entidad propietaria de la vivienda, el usuario podrá completar el proceso en esa misma página web en el apartado Solicitud de vivienda, o bien será redirigido al banco o caja propietarios de la vivienda solicitada.
El gobierno dispone de otras ayudas, tanto para la compra de viviendas como para el alquiler. Sigue los enlaces y descubre en qué consisten.