En caso de divorcio de una pareja, una de las decisiones que hay que tomar es qué pasa con la vivienda familiar. ¿Resulta más conveniente una compraventa o una extinción de condominio?
Vivienda familiar tras el divorcio ¿Qué opciones tengo?
Que una pareja decida poner fin a su relación suele ser un mal trago, sobre todo si la pareja tiene hijos, una casa familiar y tiene que pasar por un proceso de divorcio. Cuando llega ese momento, se tienen que tomar muchas decisiones, y a veces hay que hacerlo muy rápido, porque la situación es insostenible.
Para echar una mano en el asunto de qué hacer con la casa familiar tras el divorcio, desde el blog del Notariado (Notarios en Red) han dedicado un espacio a explicar qué opciones tienen las parejas que están pasando por esa situación.
Una de las opciones es vender la vivienda familiar a un tercero. Esta opción es buena porque la mayor parte de los gastos e impuestos devengados correrían a cargo del comprador.
Sin embargo, y como explican los notarios, esta opción no es la que suelen escoger las parejas que se divorcian, quizás por no ser la más práctica. Si venden la casa familiar, ambas partes tienen que buscar un lugar donde vivir, Además, si la pareja tiene hijos, todo se complica mucho más.
![](https://blog.tecnocasa.es/wp-content/uploads/divorcio-quien-se-queda-la-casa.jpg)
Vivienda familiar tras el divorcio: ¿Compraventa o extinción de condominio?
Según los notarios, lo más frecuente tras un divorcio es que uno de los cónyuges se quede con la vivienda y pague al otro el valor de la mitad de la casa. Pero, ¿qué gastos e impuestos implica esta operación?
En este sentido, asegura que la mejor opción en este caso no es una compraventa, sino una extinción de condominio, puesto que tiene ventajas fiscales.
Pero ¿qué es la extinción de condominio? Esta manera de dividir una propiedad en común está recogida en el Código Civil. Un copropietario cede su parte de la vivienda a cambio de una contraprestación monetaria.
Ventajas fiscales de la extinción de condominio
Aunque explicado así pueda parecer igual que una compraventa, la extinción de condominio es como un traspaso de una parte de la propiedad de un copropietario al otro, consecuencia de la indivisibilidad de la cosa común.
Por eso, la extinción de condominio y la compraventa son diferentes, y eso se traduce en algunas ventajas a nivel fiscal.
![extinción de condominio](https://blog.tecnocasa.es/wp-content/uploads/extincion-de-condominio.jpg)
Y es que, si un cónyuge le vende al otro su parte, esa compraventa está sujeta al impuesto de transmisiones patrimoniales y el comprador tendría que pagar un porcentaje que varía en función de la comunidad autónoma.
Sin embargo, la extinción de condominio no se considera una transmisión patrimonial, si no un acto declarativo de derecho, así que tributa por el impuesto de actos jurídicos documentados.
Si el impuesto de transmisiones oscila entre un 8 y un 10% del valor, el de actos jurídicos se reduce a un 1 o un 1,5%.
Otra ventaja es que, al no considerarse transmisión patrimonial, la persona que cede su parte no tiene que declarar la plusvalía municipal.
Si tu caso tiene características especiales o, simplemente, quieres informarte mejor, puedes acudir a un notario para que te aclare todas tus dudas y te recomiende la mejor solución para ti.
SUSCRÍBETE A LA NEWSLETTER Y RECIBE ESTE CONTENIDO EN TU MAIL