Si vives de alquiler, seguro que te ha pasado que se te ha estropeado la caldera, te han salido humedades, se ha roto un cristal… Y todas esas reparaciones ¿quién las paga?

Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler es una de las consultas más frecuentes tanto del arrendador como del arrendatario. 

Por eso, en este post vamos a recopilar algunas obligaciones y derechos de las partes que intervienen en un contrato de arrendamiento y vamos a explicar quién paga las reparaciones en un piso de alquiler.

Obligaciones del arrendador

Al responde la pregunta, la primer respuesta es que el propietario de la vivienda o arrendador debe llevar a cabo las reparaciones necesarias para la conservación de la vivienda, sin incremento alguno de la renta.

Pero, como siempre, esta regla tiene una excepción, y es que el deterioro lo haya causado el arrendatario. En ese caso será el inquilino el que tendrá que hacerse cargo económicamente de la reparación.

De la misma manera, las pequeñas reparaciones del desgaste que causa el uso ordinario de la vivienda también las tendrá que asumir la parte arrendataria, es decir, el inquilino.

quién paga las reparaciones en un piso de alquiler: obligaciones del arrendador
Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler

Eso sí, el inquilino debe comunicar la necesidad de las reparaciones en el plazo más breve posible.

Además, en cualquier momento y con una comunicación previa al propietario, podrá realizarlas de forma urgente  para evitar un daño inminente.

En este caso, tendrá derecho a exigir de inmediato al arrendador que le pague el importe que han costado las reparaciones.

¿Puede el propietario hacer obras mientras el inquilino vive en la casa?

En cuanto a las obras de mejora, si no pueden aplazarse hasta que se acabe el contrato de arrendamiento, el inquilino está obligado a soportarlas.

Si no pueden aplazarse, tendrá que aguantar aunque sean molestas o incluso aunque durante el tiempo que duren se vea privado de una parte de la vivienda.

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Eso sí, si la obra dura más de 20 días, el arrendador deberá disminuir el importe de la renta, en proporción a la parte de la vivienda de la que el inquilino se esté viendo privado.

El inquilino también tiene derecho a que se le indemnicen los gastos que le generen las obras.

Si el arrendador tiene que hacer obras, deberá notificar por escrito al inquilino al menos con tres meses de antelación la naturaleza de las obras, la fecha de comienzo, su duración y el coste previsible.

El inquilino, por su parte, tendrá un mes a partir de esa notificación para desistir del contrato, salvo que las obras no afecten o afecten de manera irrelevante a la vivienda.

En el caso de que desista, el arrendamiento se extinguirá en el plazo de dos meses, durante los cuales no podrán dar comienzo las obras.

¿Y qué pasa si es el inquilino el que quiere hacer obras de reforma?

La parte arrendataria no puede realizar obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de los accesorios (plaza de garaje, trastero, etc.) sin el consentimiento por escrito del arrendador.

Y de ninguna manera el inquilino puede hacer obras que disminuyan las estabilidad o seguridad de la vivienda.

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Si el inquilino hace obras no autorizadas por el arrendador, éste puede hacer varias cosas. Puede simplemente resolver el contrato, o también puede exigir al concluir el contrato que la parte arrendataria reponga las cosas al estado anterior.

En el caso de que las obras provoquen una disminución de la estabilidad o de la seguridad, también puede exigir la reposición inmediata al estado anterior.

Obras para adaptar la casa a una persona con discapacidad

Por último, hay un caso que se encuentra cada vez más en las viviendas de alquiler. Y es que el inquilino sea una persona con discapacidad y tenga unas necesidades específicas que requieran la adaptación de la vivienda.

En este caso, el inquilino, previa notificación por escrito al arrendador, puede hacer en el interior de la vivienda las obras necesarias para poder utilizarla de forma adecuada y acorde a su discapacidad.

derechos de un arrendatario

Esto también sirve para personas mayores de 70 años, tanto si son la parte arrendataria como si son su cónyuge o persona con quien conviva.

Estas obras no deben afectar a elementos o servicios comunes del edificio ni deben probar una disminución en la estabilidad o seguridad.

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