Si vives de alquiler puede que te hayas hecho alguna vez esta pregunta. ¿Puede el casero subir el alquiler antes de que acabe el contrato? ¿Tendré que pagar una cantidad mayor de la acordada? ¿Me puedo negar?

En este post te explicamos si te pueden subir el alquiler

Lo primero que tienes que saber sobre esto es que todo depende de lo que hayas pactado con la persona que te alquila el piso en el momento de firmar el contrato.

Pero si no has pactado nada expresamente, la cifra que pagas como renta cada mes no está sujeta a actualización anual. De todas formas, según explican desde el Ministerio de Fomento, lo habitual es que se incluya en el contrato una cláusula de actualización de la renta.

¿Cuánto me pueden subir el alquiler cada año?

La actualización anual de tu alquiler tiene un límite. Tu casero sólo te puede subir (a no ser que hayáis pactado otra cosa) la variación del IPC (Índice de Precios de Consumo) correspondiente a ese período.

Ahora bien, debes tener en cuenta algunas cosas sobre esta actualización. En primer lugar, tienes que saber que la renta sólo se puede actualizar por el arrendador o por el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia de contrato de alquiler.

actualización del alquiler

¿Cómo calculo la actualización del alquiler?

Para calcular la actualización, tu casero y tú podéis acordar la metodología que vais a usar. Pero si no lo hacéis, la renta se actualizará para cada anualidad según la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de cada actualización.

Para calcular la variación, hay que tomar como mes de referencia el del último índice publicado. En cualquier caso, si se aplica este índice o cualquier otro método que decidáis el arrendador y tú, la variación nunca puede superar la del IPC.

Si todo esto te suena a chino, no te preocupes. El Instituto Nacional de Estadística tiene en su página web una herramienta muy sencilla y útil con la que puedes calcular la actualización de tu alquiler con el IPC general para periodos anuales completos. 

¿Tienes más dudas sobre alquilar un piso? Te las intentamos responder

Otra de las dudas más comunes que te pueden surgir cuando buscas un piso de alquiler es sobre la fianza. Concretamente, sobre cuál es la cantidad de dinero que te puede pedir el casero por ese concepto.

Siempre que se firma un contrato de arrendamiento, el casero exige el pago de un dinero en depósito como garantía por si se producen desperfectos en el piso o el arrendatario no paga el alquiler.

cuanto hay que pagar de fianza

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el arrendador exigirá una mensualidad de renta como fianza.

Pero también podrán pactarse garantías adicionales equivalentes, como máximo, a dos mensualidades del alquiler. Estas garantías adicionales pueden ser también avales, seguros de impago, etcétera.

¿Me pueden pedir un aval bancario para alquilar un piso?

Sí, te lo pueden pedir. Pero como hemos dicho antes, desde la aprobación del nuevo decreto Ley de medidas del alquiler, ese aval bancario no puede implicar en ningún caso para el inquilino más de dos mensualidades de renta.

El aval bancario es un compromiso de pago que adquiere la entidad financiera del inquilino en caso de que éste no pague la mensualidad acordada. Hasta la aprobación del nuevo decreto ley, era una condición bastante común en ciudades con poca oferta de alquiler.

Si tienes más dudas sobre alquiler de pisos, puede que encuentres las respuestas en uno de los post de nuestra sección Tecnocasa Responde

Y si no lo encuentras, no te preocupes. Busca aquí tu oficina Tecnocasa más cercana, pásate a vernos y uno de nuestros agentes te ayudará a resolverlas.