Contratar una hipoteca conlleva una serie de gastos: gastos de notaría, de la gestoría, registro, impuestos, tasación… Algunos los paga el cliente y otros los tiene que pagar el banco. 

Gastos de hipoteca: Cuáles paga el banco y cuáles el cliente

Para saber quién debe pagar cada gasto de hipoteca hay que fijarse en la fecha de firma del contrato. Y es que con la aprobación de la ley hipotecaria de 2019, la distribución de los gastos ha quedado establecida de una manera concreta.

Por eso en este post, con la información extraída del Banco de España, vamos a intentar aclarar quién paga los gastos de la hipoteca en cada caso. Si vas a comprar una casa y vas a necesitar financiación, te interesará saberlo.

Gastos de tasación ¿Quién los paga?

La tasación de la vivienda es un gasto preparatorio del préstamo hipotecario. Es decir,  un paso previo que sirve para conocer el valor real del inmueble antes de firmar la hipoteca.

Quien vaya a contratar la hipoteca tiene derecho a aportar la tasación del inmueble siempre que sea certificada por un tasador homologado.

gastos de tasación

Si has firmado el contrato de la hipoteca después del 16 de junio de 2019 (fecha de la entrada en vigor de la nueva ley hipotecaria), tendrás que hacerte cargo de los gastos de tasación.

Si tu hipoteca es anterior a esa fecha, debes saber que el Tribunal Supremo dictó a principios de año una sentencia según la cual el banco debe devolver íntegramente los gastos de tasación del inmueble.

Gastos registrales y de gestoría

Los bancos suelen exigir que ciertos trámites (comprobación registral,  liquidación de impuestos o inscripción en el Registro) se realicen en una gestoría. Pero, ¿quién hace frente a esos gastos?

En este caso, el banco propone al cliente la gestoría que puede realizar los trámites y se encarga de pagar los gastos.

Otros gastos son los del registro de la propiedad, derivados de la comprobación registral del inmueble. Esta comprobación sirve para verificar que no existen cargas pendientes sobre la vivienda que vas a comprar.

gastos registrales de la hipoteca

En el caso de los gastos registrales, los tiene que abonar el banco. Si firmaste la hipoteca antes de junio de 2016 y pagaste tú los gastos registrales o los de gestoría, también puedes reclamar los gastos a la entidad bancaria.

Quién paga los gastos notariales

Antes de que entrase en vigor la nueva ley, los gastos notariales se repartían al 50 por ciento entre las partes (también puedes reclamar ese 50% si contrataste antes de junio de 2019 y pagaste tú el total de esos gastos). 

Ahora la entidad bancaria tiene que asumir esos gastos derivados de la escritura del préstamo hipotecario ante notario.

Eso sí, si solicitas una copia de la escritura del préstamo hipotecario, tendrás que pagar tú los gastos notariales que conlleva.

Gastos de hipoteca: El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados 

En cuanto al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), ahora le toca asumirlo a la entidad bancaria.

Pero en este caso, no es desde la entrada en vigor de la nueva ley hipotecaria, sino del real decreto que modifica ese impuesto y que entró en vigor el 10 de noviembre de 2018

gastos de contratar una hipoteca

Por tanto, si firmaste la hipoteca después de esa fecha puedes reclamar al banco que pague el impuesto de actos jurídicos documentados.

Por último, el cliente también tiene que pagar la comisión de apertura si está contemplada en las condiciones ofrecidas por la entidad. 

Esta comisión se paga sólo una vez e incluye todos los gastos que la entidad pueda reclamar por el estudio, la tramitación y la concesión de la hipoteca.

Si vas a comprar una casa y vas a necesitar un préstamo hipotecario, ponte en contacto ya con Kìron.  La red de intermediación de crédito del Grupo Tecnocasa te ayudará a encontrar la hipoteca que mejor se adapte a tus necesidades.

SUSCRÍBETE A LA NEWSLETTER Y RECIBE ESTOS POST EN TU MAIL